domingo, 26 de septiembre de 2010

REEGALIAS

Las regalías son una contraprestación económica de propiedad del Estado que se causa por la explotación de los recursos naturales no renovables.
Las entidades territoriales tienen un derecho de participación sobre los recursos de regalías y compensaciones.
Las Regalías se dividen en Directas e Indirectas
Regalías Directas
Las regalías directas benefician directamente a las entidades territoriales en donde se adelantan explotaciones de recursos naturales no renovables (hidrocarburos, carbón, níquel, hierro, cobre, oro, plata, platino, sal, calizas, yesos, arcillas, gravas, minerales radioactivos, minerales metálicos, minerales no metálicos, esmeraldas y demás piedras preciosas), a los municipios con puertos marítimos y fluviales por donde se transportan dichos recursos y a los municipios del área de influencia de esos puertos.
Las regalías directas deben destinarse por ley a proyectos de inversión contenidos en los planes de desarrollo territorial, con prioridad en saneamiento ambiental, cobertura y ampliación de servicios de salud, educación, electricidad, agua potable, alcantarillado, aseo y demás servicios públicos básicos esenciales.
Regalías Indirectas
Las regalías indirectas son recursos no asignados directamente a entidades territoriales que ingresan al Fondo Nacional de Regalías. A los recursos FNR pueden acceder todas las entidades territoriales presentando proyectos de promoción de minería, preservación del medio ambiente y proyectos regionales de inversión definidos como prioritarios en los planes de desarrollo. Existen además destinaciones específicas de recursos FNR otorgadas por ley en favor de diferentes entidades.

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